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El Ayuntamiento de Madrid decreta, con excepciones al RUE y traslados a Hoteles, como zona peatonal la Puerta del Sol

El Ayuntamiento de Madrid ha publicado en el BOAM de fecha 08.08.23 el Decreto de 4 de agosto de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se declara el ámbito territorial de Sol como espacio de especial protección para el peatón. El Decreto adopta principalmente las siguientes medidas en relacion con la Puerta del Sol y zonas colindantes:

- Establecer la reserva del ámbito de la vía pública de la Puerta del Sol y vías aledañas como zona peatonal, pasando a ser totalmente peatonales.

- No se permitirá ni la parada ni el estacionamiento en todo el ámbito de la Puerta del Sol para proteger el Bien de Interés Cultural, su integridad material y la calidad del paisaje urbano.

- Excepcion del RUE y traslados discrecionales a Hoteles en la zona: En esta zona peatonal queda prohibida la circulación y estacionamiento de vehículos, salvo aquellos relacionados en el apartado 2 del artículo 20 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, entre otros, “e) Los de transporte público regular de viajeros, tanto de uso general como especial, así como los de asistencia a la operación de tales servicios” y “g) Los que trasladen a los huéspedes de hoteles situados dentro de la zona.” 

- Los vehículos de distribución urbana de mercancías (operaciones de carga y descarga) podrán estacionar en las calles de acceso o salida a la Puerta del Sol, de acuerdo los itinerarios, modos y horarios establecidos en el punto segundo de este decreto.

El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el BOCM.

Tienes a tu disposición el Decreto dictado por el Ayuntamiento de Madrid en la página Web de la Asociación dentro de la sección NORMATIVA del ÁREA ASOCIADOS.