El Decreto 2016/418 por el que se desarrolla la denominada Ley Macron en materia de desplazamiento de trabajadores en Francia por parte de las empresas residenciadas fuera de este país, será de aplicación a partir del 1 de julio a los conductores asalariados de empresas transportistas de cualquier país de la UE, incluido España, que pretendan realizar transporte interior en territorio galo.
El mencionado Decreto establece que a partir de dicha fecha las empresas transportistas deberán acreditar que sus conductores profesionales perciben al menos el salario mínimo interprofesional vigente en dicho país, establecido en 1.457,52 .
Esta Ley será exigida tanto para la realización de transportes interiores (cabotaje) como de transportes internacionales, excluyéndose solo los transportes en tránsito.
La empresa deberá facilitar a sus conductores asalariados un documento de acreditación de declaración de desplazamiento, así mismo se mantiene la obligación de que la empresa designe un representante en Francia, quien deberá guardar toda la documentación de la empresa durante un periodo de 18 meses a disposición de los agentes de control. En caso de incumplimiento de estas obligaciones, el empresario transportista, y solidariamente el cliente, serán sancionados con multa de 2.000 por cada empleado desplazado con un límite máximo de 500.000 por sanción.
Sobre este asunto, las Asociaciones miembros del Comité Nacional del Transporte por Carretera (Mercancías y Viajeros) han sido convocadas el próximo 22 de junio en el Consulado de Francia en Madrid para tratar de resolver las dudas en relación con la próxima aplicación de la referida normativa francesa.